El Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) sancionó al Coordinador de la Oficina Distribuidora de Procesos para Tribunales de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), German Ernesto Villalobos Sánchez, con una multa de $2, 406.00, por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG). La LEG establece en el artículo 6 letra e), que está prohibido para personas que ejercen el servicio público “realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley”. Según resolución del TEG, Sánchez, incumplió cotidianamente su horario de labores como Coordinador de la Oficina Distribuidora de Procesos para Tribunales de Sentencia. “La prohibición ética establecida en el artículo 6 letra e) de la LEG, conlleva dos aspectos fundamentales: por un lado, se espera que los servidores públicos cumplan ciertamente con la jornada laboral ordinaria, es decir, el tiempo efectivo establecido para que se dediquen a las tareas usuales que corresponden a su puesto o cargo; y, por otro lado, que durante dicha jornada, en su caso, desempeñen efectivamente las funciones públicas propias de su cargo o las necesarias para el cumplimiento de los fines institucionales, pues lo contrario conduce a la lógica conclusión de que el servidor público se dedicó a actividades privadas durante su jornada ordinaria de trabajo, desatendiendo sus funciones públicas”, cita la resolución. También en dicho documento, se ordena comunicar al Presidente de la CSJ, para que verifique las deficiencias advertidas en mecanismos de control de asistencia del personal del Órgano Judicial y de la CSJ; y se establezcan medidas necesarias para erradicar este tipo de conductas.
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