El Tribunal de Ética Gubernamental (TEG), es una institución que surge en el año 2006, cuando se crea la primer Ley de Ética Gubernamental en El Salvador, por medio de Decreto Legislativo Nº 1038, de fecha 27 de abril de 2006, publicado en el Diario Oficial Nº 90, Tomo Nº 371, de fecha 18 de mayo de 2006, cuya vigencia data desde el 1 de julio de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2011.Dicha Ley fue objeto de varias reformas, por iniciativas promovidas por el Tribunal, debido a que la Ley contenía deficiencias técnicas, que impedían el cumplimiento efectivo de las funciones y atribuciones institucionales.

Posteriormente, se crea la vigente Ley de Ética Gubernamental -LEG-, la cual entró en vigencia a partir del día 1 de enero de 2012, en la cual se establece que, el Tribunal de Ética Gubernamental, es el ente rector de la ética pública, encargado de velar por el cumplimiento de la LEG, con competencia para prevenir y sancionar las prácticas corruptas en El Salvador.

En tal sentido, conforme al artículo 10 de la LEG vigente, el TEG, es una institución  de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía en lo técnico, administrativo y presupuestario para el ejercicio de las funciones y atribuciones que señala la Ley.

Entonces el TEG es el ente rector de la ética pública en nuestro país, encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Ética Gubernamental, para cuyo efecto no estará subordinado a autoridad alguna, a fin de que pueda desempeñar sus funciones de manera eficaz y sin influencia indebida.

Desde su creación el TEG es un cuerpo colegiado, integrado por cinco miembros propietarios e igual número de suplentes. El Presidente, electo por: la Asamblea Legislativa y los demás nombrados por parte de la Presidencia de la República, Corte Suprema de Justicia, la Corte de Cuentas de la República y por los titulares del Ministerio Público.

Conforme a la LEG, las funciones y atribuciones del TEG son las siguientes: Promover y difundir entre todos los servidores públicos y personas sujetas a la aplicación de la ley, el respeto y observancia de las normas éticas; los principios, derechos, deberes y prohibiciones éticas contenidas en la ley; y la cultura ética en la población en general.

Asimismo, le corresponde capacitar a los Miembros de las Comisiones de Ética y demás servidores públicos; así como a las personas sujetas a la aplicación de la ley sobre la ética en la función pública, para prevenir actos de corrupción y otros aspectos relacionados con la LEG.

Por otra parte, entre las principales atribuciones del Pleno del TEG, se encuentran la de tramitar el procedimiento administrativo sancionador por denuncia, aviso anónimo o de oficio, e imponer las sanciones a las personas sujetas a la aplicación de la LEG, que infrinjan los deberes o prohibiciones éticas; promover mecanismos para garantizar la transparencia en la administración pública y aprobar políticas, acciones, planes, programas y proyectos referentes a la ética en la función pública, la Ley de Ética Gubernamental y demás normativa institucional.

Por iniciativa técnica en el año 2018 el TEG presentó un nuevo proyecto de reformas a la Ley de Ética Gubernamental, cuyo objeto fundamental es crear los espacios técnicos legales para ejercer una función más dominante en cuanto al control, prevención y lucha contra la corrupción. Durante los años 2019 y 2020, el Tribunal ha sido invitado a participar de varias reuniones técnicas para explicar y ampliar sus propuestas de reformas; sin embargo, aún se está a la espera de los resultados y evaluaciones por parte de la Asamblea Legislativa.