Consultas sobre la interpretación y aplicación de la LEG y su Reglamento
Según el Art. 62 y siguientes del Reglamento de la LEG, las consultas deben versar sobre la aplicación de la LEG; y, las respuestas no deben contener pronunciamientos sobre casos en particular ni supondrán juzgamiento previo.
En ese sentido, las consultas deben plantearse de forma general, sin incluir nombres, hechos concretos o situaciones particulares.
Plazo máximo de respuesta: 20 días hábiles.

