El Tribunal de Ética Gubernamental sancionó a Óscar José David Lizama Marroquín, Christian Marcos Aguilar Durán y a Raúl Vicente Zablah Hernández por haber transgredido la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra d) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG).
Los sancionados desempeñaron simultáneamente dos cargos incompatibles en el sector público durante los años 2019 y 2020. La incompatibilidad de cargos puede deberse a la prohibición expresa de la normativa aplicable, la coincidencia en las horas de trabajo o la afectación de los intereses institucionales. El monto total de las multas impuestas asciende a $5,465.06
En 2020, Lizama Marroquín desempeñó el cargo de Técnico de Integración y Relaciones con Centroamérica en la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE), sin embargo, también ocupaba el cargo de Técnico de Asia, África y Oceanía dentro de la misma dirección. Además, durante el mismo período, Lizama Marroquín ejerció el cargo de Director Presidente en el Consejo Directivo de la Autoridad Marítima Portuaria (CDAMP).
Por su parte, Aguilar Durán desempeñó, durante 2019 y 2020, el cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) y de Director General de Caminos ad honorem. Además, Aguilar Durán también ejerció el cargo de Director Propietario en el CDAMP.
Zablah Hernández, en 2019, se desempeñó como Asesor Operativo del MOPT; en 2020, ejerció el cargo de Especialista en el mismo ministerio y, durante 2019 y 2020, también fungió como Director Suplente del CDAMP.
El artículo 16 N°5 de la Ley General Marítimo Portuaria (LGMP) estable que el cargo de Miembro del CDAMP es incompatible con el ejercicio de cualquier cargo o función dentro de la Administración Pública. En consecuencia, los sancionados obtuvieron remuneraciones no justificadas a partir del desempeño simultáneo de los cargos mencionados.
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